Más Información

Artículo 55. Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y actualizarán en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la Información, por lo menos, de los temas, Documentos y Políticas que a continuación se señalan:


Programas Anuales de Adquisiciones del ISSEA para el Ejercicio Fiscal 2024

Programas Anuales de Adquisiciones del ISSEA para el Ejercicio Fiscal 2023

Programas Anuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del ISSEA para el Ejercicio Fiscal 2022

Ley General de Contabilidad Gubernamental 2018

Ley General de Contabilidad Gubernamental 2019

Ley General de Contabilidad Gubernamental 2020

Ley General de Contabilidad Gubernamental 2021

Ley General de Contabilidad Gubernamental 2022

Ley General de Contabilidad Gubernamental 2023

Ley General de Contabilidad Gubernamental 2024

Cuentas Públicas Anuales

Disciplina Financiera


Informes al Congreso de la Unión


Informe de Ingresos y Egresos 2017

Cuentas Bancarias Productivas


Índice de expedientes clasificados como reservados


Dictámenes, actas de baja documental y transferencias secundarias


Manuales de Organización

Descripciones Generales de Puesto

Manuales de Procedimientos

Manual Contabilidad Gubernamental


Recurso INSABI

Recurso IMSS Bienestar


Artículo 77bis 31 inciso A


Relación de Bienes Muebles


Hipervínculos


       
  Buscar Información en Sitio    
  Plataforma Nacional de Transparencia    
  Ir al Sistema de Solicitud de Acceso a la información    
 

Ir al Sistema de Gestión de Medios de Impugnación

   
     
       
  Fracción   Liga
I El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros;  
       
II Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;  
       
III Las facultades de cada Área  
       
IV Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos  
       
V Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer  
       
VI Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados  
       
VII El directorio de todos los Servidores Públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales  
       
VIII

La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración

Formato Remuneración Bruta y Neta

 

 

 

       
IX Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente  
       
X El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa




       
XI Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación  
       
XII La Información en Versión Pública de las declaraciones patrimoniales y fiscales de los Servidores Públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable, además de sus respectivas declaraciones de no conflicto de intereses  
       
XIII El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información

 


 

       
XIV Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos  
       
XV La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente  
       
       

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 



 

 

 

 

 

Siguientes

 

Misión

Coordinar las acciones de atención y prevención de la salud con la finalidad de mejorar la calidad de vida de las familias aquicalidenses a través de estrategias en materia de salud pública, atención médica y beneficencia social; orientando los esfuerzos y recursos institucionales hacia el acceso universal de los servicios, con oportunidad, eficiencia y un alto sentido humano.

Visión

La Secretaría de Salud a través del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes es un ente que evolucionará la prestación de los servicios de salud en beneficio de la población, apoyándose prioritariamente en los cambios conductuales del individuo reforzando así el auto cuidado de la salud; mejorando la atención médica y fortaleciendo el modelo de salud del Estado con estrategias innovadoras, que incidan directamente en la mejora de la calidad de vida de la población.

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