Más Información

Artículo 55. Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y actualizarán en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la Información, por lo menos, de los temas, Documentos y Políticas que a continuación se señalan:

2


  Fracción   Liga
XVI Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos

   


XVII La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto  
       
XVIII El listado de Servidores Públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición  
       
XIX Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos  
       
       
XX Los trámites, requisitos y Docs que ofrecen  
       
XXI La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable  
       
XXIII Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña  
       
XXIV Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan  
       
XXV El resultado de la dictaminación de los estados financieros  
       
XXVII Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos  
       
XXVIII La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente  
       
XXIX Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados  
       
XXX Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible  

 

Siguientes

 

Misión

Coordinar las acciones de atención y prevención de la salud con la finalidad de mejorar la calidad de vida de las familias aquicalidenses a través de estrategias en materia de salud pública, atención médica y beneficencia social; orientando los esfuerzos y recursos institucionales hacia el acceso universal de los servicios, con oportunidad, eficiencia y un alto sentido humano.

Visión

La Secretaría de Salud a través del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes es un ente que evolucionará la prestación de los servicios de salud en beneficio de la población, apoyándose prioritariamente en los cambios conductuales del individuo reforzando así el auto cuidado de la salud; mejorando la atención médica y fortaleciendo el modelo de salud del Estado con estrategias innovadoras, que incidan directamente en la mejora de la calidad de vida de la población.

Contáctenos

  • Teléfono:
    (01) 449 910 79 00
  • Email:
    issea@issea.gob.mx
  • Dirección:
    Margil de Jesús 1501
    Frac. Arboledas CP 20020
    Aguascalientes, México